
El Consejo Nacional del Colegio de Periodistas de Chile alertado sobre el debate que se inició esta semana en el Senado por la tramitación del proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar con penas de cárcel a quienes informen sobre casos reservados, señala lo siguiente:
• En Chile, la libertad de emitir opinión e información es una garantía establecida en el Artículo 19, Na12 de la Constitución, es decir, este derecho no es exclusivo de las y los periodistas sino de la sociedad a ser informada. Estas garantías están reforzadas en la ley 19.733 donde se establece que
se “les reconoce a las personas el derecho a ser informadas sobre los hechos de interés general”.
• La moción presentada por cuatro senadores -que busca tipificar en el Código Penal y sancionar con cárcel la divulgación de información de causas judiciales reservadas, como las del “Caso Audio” o los antecedentes de la denuncia por abuso sexual y violación contra Manuel Monsalve- pone en peligro
la Libertad de Información y de Prensa y representa un grave retroceso para el ejercicio del periodismo. Aplicar esta medida significará privar a la ciudadanía de tener acceso a información de interés público y pone en riesgo a periodistas que investigan el poder.
• En los últimos años, el periodismo de investigación en Chile ha jugado un rol fundamental en el combate a la corrupción y los abusos de poder. La sociedad chilena no habría podido informarse sobre el Caso PENTA, SQM, la corrupción en el Ejército, ni sobre hechos que involucraron a autoridades de alto nivel, si normas como está hubiesen estado vigentes. La persecución penal a periodistas no resuelve los casos de corrupción política o empresarial; al contrario, los protege.
• Esta propuesta es peligrosa y antidemocrática, y expone a los y las periodistas a un mayor riesgo, ya que puede estimular el acoso judicial como herramienta de amedrentamiento para impedir la cobertura de temas sensibles. Además, colisiona con el derecho a la reserva de fuente informativa,
herramienta esencial para el desarrollo de periodismo, protegida por el artículo Na 7 de la ley 19.733. Este mismo marco legal ya establece responsabilidades y sanciones para la difusión inadecuada de información en procesos judiciales.
• Así mismo, queremos ser enfáticos en señalar que el periodismo debe actuar siempre apegado a la ética profesional, resguardando el derecho de la sociedad a tener acceso a una información veraz, plural, responsable y oportuna.
• Este compromiso incluye el respeto de la dignidad y vida privada de las personas, especialmente en el tratamiento de casos que involucran a víctimas de delitos, así como también el resguardo de la presunción de inocencia de las personas denunciadas.
• Es fundamental que periodistas y medios de comunicación marquen con claridad la diferencia entre la filtración de denuncias individuales y la publicación de información de evidente interés público. Lo primero debe evitarse; lo segundo es parte esencial del rol que cumple el periodismo en una sociedad
democrática.
La propuesta de los senadores Pedro Araya (PPD), Luz Ebensperguer (UDI), Paulina Núñez (RN), Luciano Cruz-Coke (Evópoli) y Alfonso de Urresti (PS), de salir aprobada, tendrá efectos dañinos para la convivencia democrática, la libertad de información y de prensa. Confiamos en que sea rechazada por el parlamento y por la ciudadanía.
Consejo Nacional
Colegio de Periodistas de Chile
Santiago de Chile, 12 de junio 2025